Cumplimiento Normativo
Expediente Clínico Electrónico en México
En **MedIQ**, la seguridad, la interoperabilidad y el marco legal son nuestra prioridad. Nuestra plataforma está diseñada desde cero para cumplir con las normativas oficiales que rigen la práctica médica en los Estados Unidos Mexicanos.
NOM-004-SSA3-2012
Regula la integración y el resguardo del expediente clínico, obligando a conservar las notas médicas por un mínimo de 5 años.
NOM-024-SSA3-2012
Establece los requisitos tecnológicos para el registro, intercambio y resguardo de información en salud mediante software.
¿Cómo garantiza MedIQ el cumplimiento de la NOM-024?
1. Autenticación y Trazabilidad (Logs)
Cada acción en el sistema (creación de consultas, edición de notas, vistas de expediente) se registra en una bitácora auditables (**logs**) que contiene marca de tiempo invariable y el usuario responsable. No se permite la manipulación de registros históricos de consultas.
2. Seguridad y Cifrado de Información
Todos los datos están protegidos bajo cifrado **AES-256** en reposo y conexiones seguras **SSL/TLS** en tránsito, previniendo accesos no autorizados y garantizando la confidencialidad de la información clínica del paciente.
3. Interoperabilidad (Catálogos CIE)
Para el llenado de notas y diagnósticos, MedIQ integra oficialmente los catálogos internacionales de enfermedades **CIE-10** y **CIE-11** exigidos por la Secretaría de Salud para mantener estándares de comunicación homologados.
4. Firma Electrónica y Recetas
La generación de recetas médicas vincula automáticamente la cédula profesional del médico tratante y su firma autógrafa digitalizada, cumpliendo con los estándares de validez oficial para farmacias.
Nota de Cumplimiento Cofepris
MedIQ ofrece a las instituciones médicas la descarga de reportes y logs necesarios para sus procesos de certificación ante el Consejo de Salubridad General (CSG) y COFEPRIS.
